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24 de marzo de 2024

Ley de Alcohol Cero al Volante: recuerdan las modificaciones vigentes para los controles

La Provincia estableció un “mínimo de error tolerable” en los instrumentos utilizados para evaluar la concentración de alcohol en sangre. “Esto apunta exclusivamente a evitar falsos positivos. Por eso es importante reiterarles a los vecinos que, si consumieron alcohol, no deben conducir”, remarcaron desde el Municipio.

La Dirección General de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Campana recuerda que, por disposición del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, rigen actualmente modificaciones en los controles de la Ley Alcohol Cero.

Según se explicó, se estableció que “el mínimo de error tolerable” de los instrumentos utilizados para la medición de concentración de alcohol en sangre sea de 0,07 g/l.

De esta manera, no se considerará una infracción a la Ley de Alcohol Cero cuando el resultado de la medición sea igual o menor a dicho valor (0,07g/l).

Al mismo tiempo, también se determinó que cuando el resultado de la medición sea inferior a 0,28 g/l, se deberá realizar una nueva evaluación pasados los 20 minutos a los efectos de desestimar la posibilidad de falsos positivos.

Desde la Dirección General de Tránsito recordaron que los agentes municipales son autoridad de control y aplicación desde el 1º de abril de 2023, cuando se reglamentó la ley bonaerense 15.402 que modificó el Código de Tránsito, imponiendo la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores en todo el territorio provincial.

"Las modificaciones que entraron en vigencia apuntan exclusivamente a evitar falsos positivos. Por eso es importante reiterarles a los vecinos que, si consumieron alcohol, no deben conducir. No sólo porque así lo establece la ley, sino porque de esa manera están cuidando su vida y también la de los demás", remarcaron desde el Municipio.

La “Ley de Alcohol Cero al volante" prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre alcoholemia positiva en un control. Y la negativa o resistencia por parte de los conductores a ser evaluados configura una “falta grave" y habilita la retención preventiva de la licencia y la imposición de la inhabilitación prevista.

Además, si al momento del test de alcoholemia positivo no hay otra persona habilitada a conducir, el vehículo será secuestrado por la autoridad de aplicación.

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