Miércoles 16 de Septiembre de 2026

17º

EL CLIMA EN CAMPANA

22 de mayo de 2020

El Municipio reiteró a los comercios minoristas las restricciones de atención

Los alcances del aislamiento social para la actividad comercial determinan que comercios minoristas –con mercadería ya elaborada- están habilitados para la venta online o telefónica, pero no podrán abrir sus puertas al público. Restaurantes, locales de comidas preparadas y de comidas rápidas podrán comercializar con envíos a domicilio o modalidad take away.

El Municipio informa que sancionará con severas multas a aquellos comercios minoristas que no respeten el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el COVID-19 y trabajen evadiendo el protocolo establecido para el desarrollo de sus actividades.

Por ello, esta semana personal de la Dirección de Habilitaciones recorrió la avenida Rocca y las principales arterias de la ciudad con el propósito de informar en detalle de qué manera podrán comercializar sus productos y servicios, según cada rubro.

En este sentido, notificaron que la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas solo podrá comercializarse a través de plataformas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los clientes.

Además, comunicaron que se deberá proceder a la venta  únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de logística.

En ningún caso, los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

En tanto que, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción a protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria, con modalidad take away.

Asimismo, recordaron que aún continúan pendientes de habilitación varios rubros tales como escribanías; comercio presencial; comercios minoristas no gastronómicos; martilleros, transacciones y operaciones; inmobiliarias, cobro; actividad administrativa; esteticista, cosmiatras pedicura, manicura, masajista con utilización de protección facial y sin trabajo sobre la cara; lavaderos de autos, aceiteras, refrigeración de vehículos; talleres de bicicleterías, autos, motos, agro, zapateros, gomerías, carpinteros; cobros mutuales, fundaciones, colegios privados (administraciones) y asociaciones y kinesiólogos.

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