31 de julio de 2020
LA PROVINCIA LANZÓ EL PROGRAMA DE PRESERVACION DEL TRABAJO (P.P.T.)
Fue el pasado 22 de julio, a través de un decreto. Buscan ayudar económicamente a pequeñas unidades productivas que fueron especialmente afectadas por la pandemia de Covid-19 y que, por diversos motivos, quedaron excluidas de otros beneficios estatales. El Dr. César Díaz, miembro del Círculo PyMES Campana, explicó su alcance.
Se lanzó, el pasado 22 de julio, y a través del decreto 613/20 de la Provincia de Buenos Aires, el Programa de Preservación del Trabajo (PPT). Con fundamento en el art. 14 Bis de nuestra Constitución Nacional y en el 39 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el programa tiene como meta principal la protección del trabajo en todas sus formas, en el actual contexto de emergencia en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social declarada hasta fin de año, en todo el país, por la Ley Nacional N° 27.541.El Dr. César Díaz, miembro del Círculo PyMES Campana (Ci.Py.Ca), explicó que este plan está dirigido a micro empresas y pequeñas empresas, cuyo asiento productivo sea la provincia de Buenos Aires, cuando su facturación anual y cantidad de trabajadores coincida con los establecido en la ley 24467 (Ley de PYMEs), y siempre que su actividad económica principal haya sido particularmente afectada por la pandemia de COVID-19. Asimismo, destacó que están excluidas de este plan aquellas empresas que hayan recibido otros beneficios estatales desde el 30 de marzo, fecha de inicio del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (A.S.P.O.).Según lo informado por la página web del Gobierno de la Provincia, el decreto designa como autoridad de Aplicación al Ministerio de Trabajo, y el otorgamiento del beneficio estará sujeto a disponibilidad presupuestaria. El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica remitirá al Ministerio de Trabajo un informe de la actividad económica de estas empresas y luego identificará a aquellas que se encuentren en una situación de potencial pérdida de puestos de trabajo. Tras la confección de un informe técnico, las autoridades de la cartera procederán a otorgar o a denegar el beneficio.El art. 4 del decreto detalla que la prestación estará dirigida a los trabajadores registrados en relación de dependencia de las empresas beneficiarias. En términos concretos, el Dr. Díaz explicó que se trata de ‘’una prestación dineraria extraordinaria, no reembolsable, de hasta un equivalente al 50% del valor de un Salario Mínimo Vital y Móvil. También se establece un monto adicional del 20% para el caso de trabajadores con discapacidad’’La aceptación del beneficio implica para las empresas el compromiso de mantener la cantidad de empleados, y de cumplir con todas las obligaciones (legales, laborales, convencionales, previsionales, y sociales) de cada trabajador. El decreto, por último, detalla que el monto de dinero otorgado por el Estado no podrá ser pasible de embargos.A modo de cierre, el letrado consideró ‘’muy importante’’ este beneficio, y agregó que lo será sobre todo ‘’para aquellas actividades no esenciales, aquellas que no han podido reincorporarse aun al mercado laboral’’. Además, puntualizó que esta iniciativa del gobierno provincial ‘’facilitará el sostenimiento de los trabajadores y las trabajadoras de esta esfera, como así también la supervivencia de las PyMES de cara a la producción de los distintos bienes y servicios que serán necesarios para la post-pandemia y el regreso a la normalidad’’
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