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5 de mayo de 2021

Por iniciativa de Meiraldi, habrá un registro Obligatorio de personas con discapacidad que residen en edificios

Tras escuchar la necesidad de un vecino, el concejal de Juntos por el Cambio impulsó esta iniciativa en el HCD que fue aprobada por unanimidad. Su objetivo es garantizar la protección integral de este sector de la población.

En la última sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante (HCD), los concejales aprobaron por unanimidad un proyecto de ordenanza que establece un Registro Obligatorio de personas con discapacidad, habitantes en propiedades horizontales.

El mismo fue impulsado por el reconocido médico local y concejal de Juntos por el Cambio, Ernesto Meiraldi, que surgió a partir de una idea de su colega, el doctor Daniel Tonelli.

Lo que motorizó a la confección de este proyecto son las situaciones de alto riesgo que se pueden presentar en un edificio que, en algunos casos, amenazan tanto la salud como la vida de sus ocupantes.


“En situaciones de emergencia, ya sean incendios, escapes de gas, derrames de sustancias tóxicas o inflamables, y amenazas de bomba, la evacuación parcial o total del edificio, a veces, se presenta como la única salida”, fundamentó el edil.

“Cada emergencia puede plantear tiempos de evacuación diferentes, pero cuando se logra un menor tiempo posible, son menores los riesgos, es por ello, que es fundamental crear conciencia de la necesidad de organizarse ante una posible emergencia, a fin de lograr una evacuación ordenada y exitosa”, sostuvo.


Además, aseguró que este registro facilitará la tarea de evacuación por parte del personal de bomberos y defensa civil ya que siempre se debe verificar la ausencia total de personas en el edificio, especialmente si se trata de niños y discapacitados.


Por último, afirmó que la Ley Nacional Nº 24.314 trata de la accesibilidad de personas con movilidad reducida y la protección integral de las personas discapacitadas, pero no menciona nada en lo que respecta a casos de emergencia.

Como parte de esta medida, el administrador del consorcio, tendrá la obligación de actualizar el registro, cada seis meses y al momento de comenzar a vivir en la propiedad una persona discapacitada o que se encuentre en alguna situación de salud invalidante. En caso de no cumplir, será notificado al Tribunal de Faltas para que lleve adelante la correspondiente sanción.

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