Viernes 18 de Septiembre de 2026

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EL CLIMA EN CAMPANA

ACTIVIDAD H.C.D

17 de mayo de 2021

El HCD sancionó una ordenanza para proteger y preservar el arbolado público

El proyecto, impulsado por el concejal de Juntos por el Cambio Ernesto Meiraldi, tiene la finalidad de establecer condiciones para que los vecinos contribuyan al cuidado del ambiente mediante la forestación de los frentes de sus propiedades.

A fin de contribuir con la protección y preservación del arbolado público de la ciudad, los vecinos con veredas de dos o más metros de ancho de vereda, tendrán que plantar árboles.

El proyecto de ordenanza, que se aprobó el pasado jueves en el HCD fue confeccionado por el concejal de Juntos por el Cambio Ernesto Meiraldi a fin de establecer condiciones para que los propietarios de inmuebles dentro de Campana, contribuyan al cuidado y protección del ambiente, mediante la forestación de los frentes de sus propiedades.

La iniciativa establece que en propiedades con frente menor o igual a 12 metros de longitud corresponderá colocar entre 1 y 2 árboles; en frentes mayores a 12 metros y que no superen los 20 metros inclusive de longitud, tendrán que plantar dos árboles. En tanto que, los frentes que posean más de 20 metros de longitud, deberán colocar un total de tres ejemplares.

La plantación de las especies deberá realizarse respetando una distancia no menor a cuatro metros entre cada ejemplar, sea o no de la vereda del frente de su propiedad. Además, las cazuelas –espacios que se dejan libres para forestar- deben ser los adecuados para permitir el desarrollo del árbol.

No obstante, de esta medida impulsada por el reconocido médico local, quedarán exceptuadas aquellas avenidas y boulevares que ya cuenten con parterres arbolados.

Por otra parte, para los casos en que los propietarios de inmuebles no se encuentren en condiciones económicas de dar cumplimiento a lo exigido, el Tribunal de Faltas, podrá disponer la entrega de ejemplares arbóreos por parte del Municipio a través del área de espacios verdes, en tiempo y forma que éste determine según disponibilidad.

La Dirección General de Calidad Ambiental, Bromatología y Zoonosis -dependiente de la Secretaría de Salud- y la Dirección de Parques y Jardines -dependiente de la Secretaría de Espacios Públicos- tendrá que elaborar y ejecutar una campaña de concientización.

Tal como fundamenta la ordenanza, la autoridad de aplicación comenzará a realizar notificaciones a los infractores, exceptuando los nuevos loteos, que deberán adecuarse a los requerimientos de la presente, a partir de la fecha de promulgación.

“Plantar un árbol tiene numerosos beneficios potenciales, como la conservación de la biodiversidad, la mejora de la calidad de agua, la provisión de sombra y el secuestro del carbono”, argumentó Meiraldi.

Y concluyó: “Es necesario tomar acciones para el cuidado del ambiente, y que dentro de ellos se encuentra la de fomentar, proteger, resguardar su cuidado a través de la implementación de medidas destinadas a la conservación, incrementación, protección y preservación del arbolado público como parte integrante del patrimonio natural y su influencia fundamental en la adaptación y mitigación frente al fenómeno del cambio climático”.

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