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21 de noviembre de 2021

NUEVO RÉGIMEN DE LICENCIAS PARENTALES PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA BONAERENSE

Se trata de una nueva conquista de derechos, con una mirada más diversa e inclusiva, con el foco puesto en nuestra gente y el desarrollo de su vida personal”, comentó la diputada Soledad Alonso.

Luego de una extensa y compleja negociación que involucró al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires  y representantes de diferentes gremios estatales, se definió un nuevo régimen de licencias parentales para los trabajadores de la administración pública bonaerense.

 “Se trata de una nueva conquista de derechos, con una mirada más diversa e inclusiva, con el foco puesto en nuestra gente y el desarrollo de su vida personal”, comentó al respecto la diputada de nuestra ciudad,  Soledad Alonso, y agregó: “Esta conquista viene a visibilizar una desigualdad histórica y que repara una demanda del sector público… Con más diálogo, con más derechos, continuamos reconstruyendo nuestra provincia”.

 A partir de la firma del Convenio Colectivo de Trabajo, se destaca el aumento de 15 días hábiles para corresponsables parentales, la licencia por nacimiento (post parto) de 45 días más (hasta 135 días totales y en caso de ser prematuro/a o en situación de discapacidad 180 días).

 En los casos donde dos corresponsables parentales sean empleados estatales y estén afectados por esta ampliación del régimen de licencias parentales, la persona gestante tendrá derecho a optar cuál de ellos gozará de la licencia.

 Otros de los puntos destacados del régimen de licencias parentales, es que se incrementaron los días por adopción bajo una perspectiva vincular hasta los 3  años de 120 días, entre 3 y 6 años de 135 días, entre 6 y 10 años de 150 días, entre los 10 y 18 años de 180 días, y para adopciones múltiples el régimen será igual, con 15 días por hijo.

 El nuevo régimen de licencias parentales también contempla otorgar dos días por trámite de guarda con un máximo de 10 días por año para trámites vinculados a la adopción. En el caso de abrigo, el personal estatal podrá tener una licencia parental anual de 90 días.

 También se incorpora en el régimen el derecho a licencia parental por tratamiento de fertilización. Se reconocerán los días necesarios para llevar adelante los procedimientos y las técnicas de reproducción asistida con un tope de 10 días al año.

 En caso de cuidado de hijos en situación de discapacidad, la licencia parental establece que a los 20 días por enfermedad se le añaden 15 días corridos para atención de familiar.

 Por último, dentro de las modificaciones del régimen de licencias parentales se incorporan pausas para alimentación de 2 horas de trabajo por jornada laboral y adaptación escolar en nivel inicial y primer grado.

 “Es de festejar y no menor, que estas incorporaciones al régimen de licencias parentales buscan constituir crianzas más equitativas e inclusivas, lo que ayudan a reducir las desigualdades de género, quitándole la centralidad de responsabilidades a la maternidad e incluye la paternidad y el concepto de crianzas compartidas”, concluyó la legisladora de nuestra ciudad.

 

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